Abonos bonificados

Tarifas vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024

Toda la documentación requerida para cualquier tipo de bonificación se entrega en la Oficina de Atención al Cliente de Avanza Zaragoza situada en el Centro Comercial Independencia «El Caracol» en el Paseo Independencia 24-26, planta -1 en horario lunes a viernes (laborables) de 9:30 a 14:00h y de 17:00 a 20:00h.

Abono 30 – Bonificado por renta

Precio: 18,00€

Requisitos para obtener la bonificación

  • Estar empadronado en Zaragoza.
  • No estar dado de alta, ninguno de los miembros de la unidad familiar, en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • No superar los límites de renta siguientes:
    • Unidades familiares monoparentales: 15.000€.
    • Resto de unidades familiares: 30.000€, computadas las rentas de los dos miembros.

> Documentación a presentar

  • Fotocopia del DNI o NIE.
  • Fotografía actual de rostro o te la podemos hacer nosotros.
  • Fotocopia de la última declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y declaración complementaria, si la hubiera (en caso de parejas, declaración conjunta o ambas declaraciones individuales).
    En defecto de alguna de ellas, certificado de imputaciones del IRPF (solicitar en Hacienda) del último ejercicio disponible.
  • Fotocopia del volante de empadronamiento vigente.
  • Fotocopia del Libro de Familia español o acreditación de la situación familiar.

> Información de interés

  • Incompatibilidad: esta bonificación es incompatible con las que se conceden a los perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción y a las familias numerosas.
  • Plazo de vigencia: La bonificación para el solicitante, su cónyuge e hijos tendrá una vigencia de un año desde la fecha de la primera concesión, pudiéndose renovar el abono con la bonificación sin necesidad de trámites adicionales.
  • Bonificaciones para hijos (de 8 a 13 años) de abonados:
    • A los hijos de los beneficiarios de la bonificación que lo soliciten se les concederá la misma bonificación que al titular de la misma.
    • El plazo de vigencia de la bonificación será el mismo que el del abono 30 bonificado por renta al que esté vinculada.
    • Para su concesión deberá presentar el Libro de Familia y el abono 30 bonificado a la que está vinculada.

Abono 30 – Bonificado por desempleo

Precio: 0,50€

Requisitos para obtener la bonificación

  • Estar empadronado en Zaragoza.
  • Encontrarse en desempleo en el momento de formular la solicitud de bonificación y haberlo estado de forma ininterrumpida en el periodo anterior durante al menos doce meses (seis meses en el caso de personas menores de 25 años y mayores de 52 años).
  • Haber agotado la prestación por desempleo y, en su caso, el subsidio a que pudiera haber tenido derecho.
  • Estar inscrito en el Instituto Aragonés de Empleo como demandantes de empleo.
  • No percibir rentas de cualquier naturaleza superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional establecido en la normativa vigente y sus disposiciones adicionales sobre su aplicabilidad como indicador o referencia del nivel de renta para el acceso a beneficios en servicios públicos.
    *Para el cálculo de la renta se tiene en cuenta las de toda la unidad familiar.

> Documentación a presentar

  • Fotocopia del DNI o NIE.
  • Fotografía actual de rostro (o te la podemos hacer nosotros).
  • Fotocopia última declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y declaración complementaria, si la hubiera (en caso de parejas, declaración conjunta o ambas declaraciones individuales).
    En defecto de alguna de ellas, certificado de imputaciones del IRPF (solicitar en Hacienda) del último ejercicio disponible.
  • Fotocopia del volante de empadronamiento vigente.
  • Fotocopia del Libro de Familia español o acreditación de la situación familiar.
  • Vida Laboral actualizada en el último mes.
  • Informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo, expedido en los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, y que se puede obtener en la página web: www.inaem.aragon.es o en las oficinas del INAEM.
  • Justificante expedido por el SEPE indicando que en la actualidad no es perceptor de ninguna prestación o subsidio o, en caso de ser mayor de 52 años, la notificación en la que se le reconoce el subsidio de +52 años.

> Información de interés

  • Compatibilidad:
    • Solo es compatible con la percepción del subsidio por desempleo para mayores de 52 años que lleven 6 meses cobrando la prestación.

      * De acuerdo con la habilitación legal establecida en el art. 13 del Real Decreto-ley 28/2018 las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional que se establezcan no serán de aplicación a las normas vigentes a fecha de entrada en vigor de este Real Decreto de las comunidades autónomas y de las entidades que integran la Administración local que utilicen el salario mínimo interprofesional como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos como es este caso.
  • Plazo de vigencia: la bonificación tendrá una vigencia de un año desde la fecha de la primera concesión, pudiéndose adquirir durante ese plazo recargas o renovaciones bonificadas sin necesidad de más trámites adicionales.

Abonos 30, 90 y 365 – Bonificados por Carné Joven y/o Familia numerosa

Carné Joven

Se puede beneficiar toda persona que disponga de Carné Joven vigente y sea menor de 30 años.

> Documentación a presentar

  • DNI o NIE original.
  • Fotografía actual de rostro (o te la podemos hacer nosotros).
  • Carné Joven físico o digital original.

Familia numerosa

La bonificación de familia numerosa es del 15% sobre la tarifa regular de los abonos 30 – 90 – 365.

> Documentación a presentar

  • DNI o NIE original.
  • Fotografía actual de rostro (o te la podemos hacer nosotros).
  • Carné individual de Familia numerosa físico o digital original.

*Cada vez que se renueve el Carné Joven o de Familia numerosa será necesario presentarlo nuevamente en la oficina para que la bonificación se mantenga.

Abono 365 – Bonificado por Ingreso Aragonés de Inserción y Renta Activa de Inserción

Precio: 5,35€

A partir de la fecha en la que se reciba la comunicación de resolución de concesión del IAI, emitida por la delegación provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, el beneficiario debe ponerse en contacto con su trabajadora social, quién le facilitará un código que deberá presentar, junto al resto de la documentación requerida, a partir de la siguiente semana.

> Documentación a presentar

  • DNI o NIE original.
  • Fotografía actual de rostro (o te la podemos hacer nosotros).
  • Código facilitado por la trabajadora social.

Abonos 30, 90 y 365 – Bonificados por Ingreso Mínimo Vital o Prestación Aragonesa Complementaria

Precios Abono 30: 0,50€ – Abono 90: 1,25€ – Abono 365: 5,35€

Tienen posibilidad de abono un beneficiario adulto de la unidad familiar perceptora de IMV o PACIMV y sus hijos de entre 8 y 13 años, integrados en esa misma unidad familiar.

> Documentación a presentar

  • Fotocopia del DNI o NIE tanto del titular como de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Fotografía actual de rostro (o te la podemos hacer nosotros).
  • Fotocopia de la resolución o certificado del INSS o del IASS, en el que se reconoce como titular o beneficiario del IMV o del PACIMV donde aparezca nº de expediente de IMV/PACIMV y en el que figuren el nombre y apellidos de los miembros de la unidad familiar de convivencia que vayan a acogerse a esta bonificación. El certificado es válido durante 1 año desde su expedición.
  • Fotocopia del volante de empadronamiento, individual o colectivo según proceda.
  • Fotocopia del Libro de Familia o documento electrónico equivalente en caso de solicitar la bonificación para más de un miembro de la unidad familiar.

> Información de interés

  • No se tendrán en cuenta para la concesión de esta bonificación aquellos miembros de la unidad familiar que no convivan en el mismo domicilio.
  • No se podrán solicitar aquellos abonos cuya duración (30, 90 o 365 días) supere la validez del expediente que presenta.
  • Esta bonificación es incompatible con IAI, RAI, Carné Joven y/o Familia numerosa.